Primera condena del Tribunal Supremo por tener Windows pirata en los ordenadores

La sala de lo penal confirma una condena de 6 meses de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual a la dueña de un locutorio de Madrid.

La dueña tenía Windows y Office sin ningún tipo de licencia en dos de sus ocho ordenadores.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha dictado su primera sentencia condenando a la dueña de un locutorio en Madrid por disponer de dos ordenadores con Windows y Office pirateados. Los jueces, que llegaron a llevar el tema al pleno de la sala segunda para aprender los detalles del caso, comprenden que no hay ni una duda que hablamos de un delito contra la propiedad intelectual y aseguran la condena de 6 meses de penitenciaria a la dueña del locutorio.

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Una sentencia que ha sido confirmada luego por la Audiencia Provincial y que, una vez recurrida frente a el Tribunal Supremo ha sido llevada a pleno de parte de la sala segunda, según fuentes del elevado tribunal, para unir criterios sobre este tema. «El criterio de interpretación seguido por la sentencia impugnada, el que resulta de su literalidad, no expone complejidad en su conocimiento», dice la sentencia del Tribunal Supremo.

Delito contra la propiedad intelectual

El pleno de la sala de lo penal del Tribunal Supremo, con Andrés Martínez Arrieta como ponente, entiende que el Código penal y su propia ideología sobre esta clase de delitos da escasas dudas aun cuando el tema haya sido llevado a pleno: tener el Windows o el Office pirateados en computadoras que se aplican en un comercio es un delito. La reforma de 2015 especificó que incurre un delito contra la propiedad intelectual abarca también a quien «explote de forma económica» estos productos sin licencia. La mujer, sostienen, «explota económicamente unos ordenadores y sus programas informáticos sin la licencia de implementación que posibilita su explotación comercial. Hablamos de una actividad negocial, un locutorio, que permite el acceso a internet desde computadoras que tienen programas informáticos, hardware y programa, que necesitan de licencias que permitan su implementación, al tratarse de obras documentadas que son construcción del espíritu con un contenido original y salvaguardado por el ordenamiento.

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